A continuación podrán encontrar los resúmenes informativos que realiza nuestro equipo periódicamente sobre nuevas normas o jurisprudencia relevante al derecho aduanero y tributario.
Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 000005-2021-SUNAT/300000 – FACULTAD DISCRECIONAL PARA NO DETERMINAR NI SANCIONAR INFRACCIONES VINCULADAS AL RÉGIMEN DE DEPÓSITO ADUANERO.
Mediante la presente Resolución, se aprueba la aplicación de la facultad discrecional para no determinar ni sancionar las infracciones de la Ley General de Aduanas previstas en el Anexo parte de la Resolución, cuando: Correspondan a declaraciones del régimen de depósito aduanero numeradas desde el 31.5.2021, Hayan sido cometidas desde el 31.5.2021 hasta el 31.8.2021 por el infractor señalado en el Anexo, y El infractor haya registrado la información omitida. Dentro de las infracciones comprendidas, resaltamos las siguientes: En el caso del depósito temporal, la discrecionalidad será aplicable cuando no registre la salida del vehículo con la carga de sus…
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 000084-2021/SUNAT – PROCEDIMIENTO PARA LA CERTIFICACIÓN DEL PROGRAMA DE FORMACIÓN DE REPRESENTANTE ADUANERO Y DE AUXILIAR DE DESPACHO.
Conforme al artículo 20 de la Ley General de Aduanas, un operador de comercio exterior debe contar con un representante aduanero y un auxiliar de despacho de forma exclusiva. Las personas que deseen ejercer esa función deben llevar un programa de estudios realizado por una institución educativa y aprobar un examen de suficiencia realizado por SUNAT. En ese sentido, mediante la presente Resolución, se aprueba el Procedimiento para la Certificación del Programa de Formación de Representante Aduanero y Programa de Formación de Auxiliar de Despacho por Examen de Suficiencia, destacando las siguientes disposiciones: El Instituto Aduanero y Tributario (IAT) es…
Informe Nº 041 -2021-SUNAT/340000 – INFRACCIONES ADUANERAS POR TRANSMISIÓN DE DATOS INCORRECTOS EN LA SOLICITUD DE DRAWBACK.
Mediante el presente informe, se concluye que: Conforme a la normatividad aduanera[1], toda información presentada por el beneficiario para acogerse al drawback tiene carácter de declaración jurada, y el incumplimiento de sus disposiciones constituye infracción administrativa. Ahora bien, para determinar la comisión de infracciones y su consecuente sanción es necesario observar la Tabla de Sanciones. Específicamente, para la configuración de las infracciones P20 y P71, deben concurrir los siguientes elementos: Se realice una incorrecta transmisión de datos en la solicitud de restitución simplificada de derechos arancelarios; o no se acrediten los requisitos o condiciones para el acogimiento a la restitución…
Informe Nº 036-2021-SUNAT/340000 – SANCIONES APLICABLES A EMPRESAS DE SERVICIOS DE ENTREGA RÁPIDA (ESER).
Mediante el presente informe, se establece que: La Tabla de Sanciones Aduaneras vigente desde el 01.01.2020 abarca las conductas específicas vinculadas al manifiesto, en las que se identifica a la ESER como uno de los operadores infractores que podrá ser sancionado. Al respecto, la ESER acopia un conjunto de envíos de entrega rápida, los consolida y genera las respectivas guías EER (entrega rápida), las que constituyen documentos de transporte que a su vez se desprenden de otro documento de transporte, a manera de carga consolidada, contexto en el cual, esta empresa tiene la obligación de transmitir el manifiesto EER con…
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 000079-2021/SUNAT – Aprueban Procedimiento Específico Aplicación de Preferencias Arancelarias al amparo del Acuerdo Comercial con el Reino Unido e Irlanda del Norte.
Mediante la presente Resolución, se aprueba el procedimiento específico “Aplicación de Preferencias Arancelarias al amparo del Acuerdo Comercial entre el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, por una parte, y la República de Colombia, la República del Ecuador y la República del Perú, por otra” DESPA-PE.01.37 (versión 1), destacando las siguientes disposiciones: Este procedimiento se aplica a la importación de mercancías originarias del Reino Unido y con preferencias arancelarias otorgadas por el Perú al amparo del Acuerdo[1]. La solicitud de aplicación de preferencias arancelarias se puede realizar mediante: (i) la DAM de Importación; o (ii) la solicitud…
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 000073-2021/SUNAT – Procedimiento General “Depósito Aduanero” DESPA-PG.03 (versión 6).
Mediante la presente Resolución, se aprueba el procedimiento general “Depósito aduanero”, DESPA-PG.03 (versión 6), destacando los siguientes cambios: Con relación a las mercancías restringidas, estas pueden ser objeto del régimen siempre que cumplan con los requisitos exigidos por la normatividad legal específica y se cuente con la documentación requerida. Se incluye la figura del “Mandato electrónico” para el despacho del régimen aduanero. Despacho anticipado de mercancía destinada parcialmente al régimen de depósito aduanero y a otro régimen aduanero, siempre que esta se presente en contenedores y cumpla las siguientes condiciones: Las mercancías ingresen a un depósito temporal para su apertura…
INFORME Nº 032-2021-SUNAT/340000 – EXCEPCIÓN DE PRESENTAR GARANTÍA AL OPERADOR ECONÓMICO AUTORIZADO PARA EFECTUAR DESPACHO ADUANERO.
Mediante el presente informe, la Administración Aduanera concluye que: En principio, de acuerdo con el artículo 19º de la LGA y el artículo 184º del RLGA, para gestionar directamente sus despachos aduaneros corresponde al dueño, consignatario o consignante constituirse como despachador de aduana. Para ello, el dueño, consignatario o consignante debe cumplir con lo estipulado en el artículo 17º del RLGA, que detalla en el numeral 1 del inciso a) los requisitos vinculados a las condiciones “autorizaciones previas”, “trayectoria satisfactoria de cumplimiento” y “continuidad de servicio” que se debe cumplir para ser autorizado como Operador de Comercio Exterior; en tanto…
Informe Nº 026-2021-SUNAT/340000 – RÉGIMEN DE INCENTIVOS DE MULTAS ADUANERAS.
Mediante el presente informe, la Administración Aduanera señala que: Anteriormente, la LGA contenía un capítulo denominado “Régimen de incentivos para el pago de multas” (artículos 200º a 203º inclusive) que facultaba a los operadores de comercio exterior a acceder a la rebaja de determinadas multas en porcentajes que iban del 50% al 90%, siempre que cumpliesen con los requisitos y condiciones previstos. Este régimen fue derogado por la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1433 y por ende su vigencia concluyo el 30.12.2019. Ahora bien, una multa acogida al régimen de incentivos mantendrá el beneficio obtenido mediante el…
INFORME Nº 025-2021-SUNAT/340000 – Mercancía que se almacena en un depósito aduanero privado.
Mediante el presente informe, la Administración Aduanera concluye que: El depósito aduanero brinda el servicio de almacenamiento temporal de mercancías extranjeras sometidas al régimen de depósito aduanero, siendo que el depósito aduanero público está destinado al almacenamiento de mercancías de diferentes depositantes, en tanto que el depósito aduanero privado está destinado al uso exclusivo del titular de la autorización (depositario)[1]. Por otro lado, de acuerdo al artículo 91º de la LGA, los depositarios[2] acreditarán el almacenamiento mediante la expedición de certificados de depósito, los que podrán ser desdoblados y endosados por sus poseedores antes del vencimiento del plazo autorizado. Así,…
INFORME Nº 018-2021-SUNAT/340000 – DEJAR SIN EFECTO (LEGAJAMIENTO) UNA DAM DE EXPORTACIÓN.
Mediante el presente informe, la Administración Aduanera señala que: Para que se produzca la exportación definitiva, es suficiente con la salida efectiva de las mercancías nacionales o nacionalizadas del territorio aduanero, previo cumplimiento de las formalidades exigidas por el régimen, y que el uso o consumo en el exterior atiende únicamente al propósito o fin por el cual el exportador solicita la salida de las mercancías del país y, como tal, se debe considerar verificado al culminarse el despacho aduanero del régimen. En ese sentido, las decisiones que adopten el exportador, en su condición de vendedor, y el consignatario, como…